CYCLOMETHICONE
Ver el resumen al principio de la ficha. CosIng, annexe II du règlement (CE) 1223/2009 (substances interdites), Consultado el 23 de octubre de 2026.
Denominación oficial de etiquetado (nombre INCIDenominación internacional de ingredientes cosméticos: la que figura en el envase., glosario europeo de nombres de ingredientes cosméticos), n.º 7867
A quién concierne
Este ingrediente está prohibido en cosméticos en la Unión Europea: lo que sigue describe sus peligros, no un uso permitido.
Qué dicen las clasificaciones y normas oficiales para cada grupo. Una clasificación describe el peligro de la sustancia pura, no el riesgo de un producto que la contiene, que depende de la dosis y de la exposición.
Prohibición o clasificación graveEl texto prohíbe la sustancia para este uso o la clasifica entre los peligros más graves (carcinógena, mutágena o tóxica para la reproducción conocida o supuesta, alterador endocrino identificado).Conviene vigilarEl texto fija una condición o señala un peligro que conviene conocer: alérgeno, efecto sospechado, condición para niños, peligro para el medio acuático.InformaciónInformación oficial sin condiciones para un producto acabado: advertencia que debe leerse, irritación de la sustancia pura.
Embarazo y lactancia
Conviene vigilarEl texto fija una condición o señala un peligro que conviene conocer: alérgeno, efecto sospechado, condición para niños, peligro para el medio acuático.
Conviene vigilar Clasificado según el Reglamento CLP: toxicidad para la reproducción, categoría 2 (Repr. 2), un peligro para la fertilidad.
Si tienes una pregunta sobre tu situación, consulta a tu médico, matrona o farmacéutico.
Bebés y niños
Prohibido en cosméticos en la Unión Europea para todo el mundo, cualquiera que sea la edad o situación: no se necesita, por tanto, una condición específica para este grupo.
Piel, ojos y alergias
Sin clasificación armonizada de sensibilización, irritación o lesiones oculares, ni obligación de mencionarlo como alérgeno.
Medio ambiente
Prohibición o clasificación graveEl texto prohíbe la sustancia para este uso o la clasifica entre los peligros más graves (carcinógena, mutágena o tóxica para la reproducción conocida o supuesta, alterador endocrino identificado).
Conviene vigilar Clasificado según el Reglamento CLP: peligroso para el medio ambiente acuático, a largo plazo, categoría 1 (Aquatic Chronic 1).
Prohibición o clasificación grave La ECHAAgencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas. lo ha incluido en la lista de sustancias candidatas (sustancias extremadamente preocupantes, Reglamento REACH) porque es persistente, bioacumulable y tóxico (PBT) y muy persistente y muy bioacumulable (mPmB).
Leer en la etiqueta
El Reglamento sobre productos cosméticos no exige imprimir ninguna advertencia para este ingrediente.
Reglamento (CE) n.º 1272/2008 (CLP), versión consolidada aplicable, anexo VI, cuadro 3, consultado el 21 de octubre de 2026.
ECHA, lista de sustancias extremadamente preocupantes candidatas a autorización (REACH), consultado el 23 de octubre de 2026, fuente actualizada el 23 de octubre de 2026.
Source : Agence européenne des produits chimiques (ECHA), liste des substances candidates.
En palabras sencillas
Para qué sirve
Funciones declaradas por los fabricantes:
Las funciones y sus explicaciones figuran en el resumen.
Funciones declaradas en el inventario CosIng.Base de datos de ingredientes cosméticos de la Comisión Europea. CosIng, inventario de ingredientes cosméticos (nombres INCI, CAS, CE y funciones), consultado el 21 de octubre de 2026.
CosIng, lista de funciones cosméticas, consultado el 30 de octubre de 2026; texto fuente leído el 30 de octubre de 2026.
Qué dicen las normas
Está prohibido utilizarlo en un producto cosmético vendido en la Unión Europea, cualquiera que sea la dosis. Si figura en la lista de ingredientes de un producto reciente, conviene comprobarlo: la ficha puede ser antigua o errónea, o el producto puede estar destinado a otro mercado.
CosIng, anexo II del Reglamento (CE) 1223/2009 (sustancias prohibidas), consultado el 23 de octubre de 2026, fuente actualizada el 13 de octubre de 2026.
Peligro y riesgo
El Reglamento CLP clasifica esta sustancia como tóxico para la reproducción, categoría 2 (efecto sospechado, sin pruebas suficientes para una categoría superior).
Esta clasificación describe lo que la sustancia puede causar (un peligro), no lo que ocurre al utilizar un producto (un riesgo): el riesgo depende de la dosis, la forma y la vía de exposición (piel, inhalación, ingestión).
Ya prohibido en cosméticos (anexo II).
Reglamento (CE) n.º 1272/2008 (CLP), versión consolidada aplicable, anexo VI, cuadro 3, consultado el 21 de octubre de 2026.
Ver el resumen al principio de la ficha.
Qué sabemos de este ingrediente
Open Beauty Facts, exportación de productos cosméticos, consultado el 23 de octubre de 2026.
Données « Open Beauty Facts et ses contributeurs », sous licence ODbL 1.0 (opendatacommons.org/licenses/odbl/1-0) ; table dérivée diffusée sous la même licence.
El texto de los anexos
Prohibido en cosméticos
CosIng vincula el nombre CYCLOMETHICONE a esta entrada del anexo II.
- Entrada
- Anexo II, n.º 1388
- Sustancia
Octamethylcyclotetrasiloxane; D4
- CAS
- 556-67-2
- CE
- 209-136-7
Fechas del acto (1)
- Entrada en vigor el 12 de junio de 2019
Extractos del texto en español publicado en el Diario Oficial. Una fecha puede afectar solo a algunas sustancias del acto: el extracto lo precisa.
Reglamento (CE) n.º 1223/2009, anexo II, entrada 1388. CosIng, anexo II del Reglamento (CE) 1223/2009 (sustancias prohibidas), consultado el 23 de octubre de 2026, fuente actualizada el 13 de octubre de 2026.
Entrada de Reglamento (UE) 2019/831, adoptado el 22 de mayo de 2019.
Dictámenes del CCSC citados: Opinion on Octamethylcyclotetrasiloxane (D4); Opinion on Cyclomethicone: D4 and D5.
Qué ha cambiado y qué va a cambiar
Fechas de los textos que cubren este ingrediente. La fecha de un texto puede afectar a varias sustancias: los detalles de cada entrada figuran a continuación.
Anexo II, entrada 1388: introducida o sustituida por Reglamento (UE) 2019/831
Anexo II, entrada 1388: se aplica desde esta fecha
Clasificación CLP «Repr. 2» aplicable a más tardar desde esta fecha (Reglamento (UE) 2020/1182)
- próximamente
California: Prohibido
Identidad
- Identificador CosIng
- 33101
- CAS (según CosIng)
- 540-97-6, 541-02-6, 556-67-2, 69430-24-6
- CE (según CosIng)
- 208-762-8, 208-764-9, 209-136-7
- Funciones declaradas
- Emoliente Acondicionador capilar Disolvente
CosIng cita 4 números CAS para este nombre: cubre varias sustancias.
Inventario CosIng. CosIng, inventario de ingredientes cosméticos (nombres INCI, CAS, CE y funciones), consultado el 21 de octubre de 2026.
Peligro clasificado (Reglamento CLP)
La clasificación armonizada es la fijada por la Unión Europea para toda la Unión. Los códigos H remiten a las indicaciones de peligro del anexo III del Reglamento (CE) n.º 1272/2008.
octamethylcyclotetrasiloxane; [D4]
Toxicidad para la reproducción, categoría 2 (Repr. 2)
- Clases de peligro
- Toxicidad para la reproducción, categoría 2 (Repr. 2)
Peligroso para el medio ambiente acuático, a largo plazo, categoría 1 (Aquatic Chronic 1) - Indicaciones de peligro
- H361f *** H410
Anexo VI, entrada 014-018-00-1, vinculada mediante CAS 556-67-2. Reglamento (CE) n.º 1272/2008 (CLP), versión consolidada aplicable, anexo VI, cuadro 3, consultado el 21 de octubre de 2026.
Entrada introducida o sustituida por Reglamento (UE) 2020/1182, aplicable a más tardar desde el 1 de marzo de 2022.
En otras partes del mundo
Información sobre otras jurisdicciones, sin efecto sobre la venta en Francia. Qué se cubre y qué queda por cubrir.
Comparación entre países
Situación más restrictiva en cada país y concentración máxima citada. A continuación, los detalles y la fuente de cada norma.
| País | Norma | Concentración máxima citada |
|---|---|---|
| Unión Europea | Prohibido en cosméticos | no citada |
| Reino Unido | Prohibido en cosméticos | no citada |
| Suiza | Se aplica el Reglamento de la UE | no citada |
| Estados Unidos (ámbito federal) | No se ha registrado ninguna norma federal | no citada |
| California | Prohibido en determinados casos (véase la norma), desde el 1 de enero de 2027 | no citada |
| Canadá | No figura en las listas registradas | no citada |
| Japón | No figura en las listas registradas | no citada |
| Corea del Sur | Restringido difiere de la UE | de 8,7 a 19,7% |
| China | No figura en las listas de sustancias prohibidas registradas (las listas de sustancias permitidas no están registradas) | no citada |
| Australia | No figura en las listas registradas | no citada |
| ASEAN | Prohibido | no citada |
| Taiwán | No figura en las listas registradas | no citada |
| Brasil | No figura en las listas registradas | no citada |
Reino Unido (Gran Bretaña)
- Prohibido en cosméticos (Anexo II)
Las mismas entradas que en la Unión Europea. Sus concentraciones máximas se comparan en la tabla «Comparación entre países»; otras condiciones (tipos de producto, advertencias) pueden diferir.
Anexos II a VI vigentes. Reino Unido, anexos II a VI del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 conservado y modificado (versión vigente), consultado el 21 de octubre de 2026.
Contient des informations publiques sous licence Open Government v3.0 (« Contains public sector information licensed under the Open Government Licence v3.0. »)
Irlanda del Norte aplica el Derecho de la UE.
Suiza
El Reglamento (CE) n.º 1223/2009 se aplica en Suiza (artículo 54 de la ordenanza sobre productos alimenticios y objetos de uso corriente).
Suiza, Ordenanza del DFI sobre cosméticos (OCos, RS 817.023.31), versión consolidada aplicable, consultado el 22 de octubre de 2026.
Estados Unidos, normas federales
Ninguna de las secciones integradas del código federal (21 CFR 700.11 a 700.27 y 250.250) se refiere a este nombre. La FDA no publica una lista de ingredientes permitidos.
Estados Unidos, 21 CFR parte 700 y sección 250.250 (normas de la FDA sobre ingredientes cosméticos), eCFR, consultado el 21 de octubre de 2026.
L'eCFR n'est pas une édition juridique officielle du Code of Federal Regulations.
California (Estados Unidos)
- Prohibido: Cyclotetrasiloxane
HSC 108980 (b)(4), desde el 1 de enero de 2027.
(b) Salvo lo dispuesto en el párrafo (2) de la subdivisión (f), a partir de January 1, 2027 ninguna persona o entidad podrá fabricar, vender, entregar, mantener o poner a la venta en el comercio ningún producto cosmético que contenga cualquiera de los siguientes ingredientes añadidos intencionadamente: (d) Si un producto cosmético elaborado mediante procesos de fabricación destinados a cumplir este capítulo contiene una cantidad traza técnicamente inevitable de un ingrediente enumerado en la subdivisión (a) o (b), y dicha cantidad traza procede de impurezas de ingredientes naturales o sintéticos, del proceso de fabricación, del almacenamiento o de la migración desde el envase, dicha cantidad traza no hará que el producto cosmético infrinja esta sección.
Traducido automáticamente del inglés.
Ver el original
(b) Except as provided in paragraph (2) of subdivision (f), commencing January 1, 2027, no person or entity shall manufacture, sell, deliver, hold, or offer for sale in commerce any cosmetic product that contains any of the following intentionally added ingredients: (d) If a cosmetic product made through manufacturing processes intended to comply with this chapter contains a technically unavoidable trace quantity of an ingredient listed in subdivision (a) or (b) and that trace quantity stems from impurities of natural or synthetic ingredients, the manufacturing process, storage, or migration from packaging, that trace quantity shall not cause the cosmetic product to be in violation of this section.
California, Health and Safety Code, §§ 108980 a 108982, datos oficiales del poder legislativo (descarga libre), consultado el 27 de octubre de 2026.
Corea del Sur
- Restringido: 사이클로펜타실록세인 (CYCLOMETHICONE)
별표 2, 기타 (otras sustancias con límites), entrada 37, página 33. Límite: 19,7 %.
- Restringido: 사이클로테트라실록세인 (CYCLOMETHICONE)
별표 2, 기타 (otras sustancias con límites), entrada 36, página 33. Límite: 8,7 %.
Corea, Reglamento del MFDS sobre normas de seguridad de los cosméticos, notificación 2026-19, anexos 1 y 2, consultado el 22 de octubre de 2026.
Source : 식품의약품안전처 (MFDS), 화장품 안전기준 등에 관한 규정, via law.go.kr ; tableau mis en forme par l'éditeur du site.
ASEAN (Asia Sudoriental)
- Prohibido: Octamethylcyclotetrasiloxane; D4
Annex II (sustancias prohibidas), entrada 1388, página 64.
ASEAN, Directiva cosmética de la ASEAN, anexos II, III, IV, VI y VII (versión 2026-1 de 22 de junio de 2026, anexo VII 2025-2), consultado el 24 de octubre de 2026.
Source : ASEAN Cosmetic Documents, annexes de la directive cosmétique de l'ASEAN, telles que publiées par la Health Sciences Authority (HSA, Singapour) ; tableau extrait et mis en forme par l'éditeur du site, sans approbation de la HSA ni de l'ASEAN.
Presente en 298 productos estadounidenses de venta libre (openFDA).
Cosméticos registrados que lo contienen
262 productos registrados lo incluyen, según las contribuciones a Open Beauty Facts. Las fichas están fechadas: la fórmula puede haber cambiado. Ver la lista (en francés).
Open Beauty Facts, exportación de productos cosméticos, consultado el 23 de octubre de 2026.
Données « Open Beauty Facts et ses contributeurs », sous licence ODbL 1.0 (opendatacommons.org/licenses/odbl/1-0) ; table dérivée diffusée sous la même licence.
Glosario: Decisión de Ejecución (UE) 2025/1175 de la Comisión. Página actualizada el 23 de octubre de 2026.