Antiplaca
Ayuda a proteger frente a la placa dental.
Definición oficial
Ayudar a proteger contra la placa dental.
Traducido automáticamente del inglés.
Ver el original
Helping protect against plaque.CosIng, lista de funciones cosméticas, consultado el 30 de octubre de 2026; texto fuente leído el 30 de octubre de 2026.
Definición histórica (2006)
Ayuda a proteger contra la placa dental.32006D0257, edición oficial española, consultado el 29 de octubre de 2026.
Definiciones citadas con fines documentales: la decisión relativa al inventario está derogada desde el 8 de mayo de 2020. No constituye una autorización.
29 ingredientes, 1.736 productos
¿En qué productos se encuentran?
Cálculo sobre las composiciones registradas; cada producto se cuenta una sola vez. Una categoría específica por producto; denominador: todos los productos que mencionan un ingrediente que declara esta función.
| Categoría | Productos | % |
|---|---|---|
| dentífricos | 473 | 27,2 % |
| colutorio | 58 | 3,3 % |
| dentífricos blanqueadores | 52 | 3,0 % |
| dentífricos infantiles | 24 | 1,4 % |
| 23 | 1,3 % | |
| 19 | 1,1 % | |
| 10 | 0,6 % | |
| geles de ducha | 8 | 0,5 % |
Open Beauty Facts, exportación de productos cosméticos, consultado el 23 de octubre de 2026.
Données « Open Beauty Facts et ses contributeurs », sous licence ODbL 1.0 (opendatacommons.org/licenses/odbl/1-0) ; table dérivée diffusée sous la même licence.
En palabras sencillas
29 ingredientes de la base declaran la función «Antiplaca» en CosIng.Base de datos de ingredientes cosméticos de la Comisión Europea. Son nombres del glosario europeo; un ingrediente puede declarar varias funciones.
1.736 productos de la base incluyen al menos uno de estos ingredientes y cada uno se cuenta una sola vez. Este recuento no determina la función ni la eficacia del producto acabado.
Ingredientes sujetos a prohibición o condiciones de uso según el Reglamento sobre productos cosméticos: 18. Una función declarada no es una autorización: comprueba las condiciones del ingrediente y de su uso previsto.
Ingredientes que declaran esta función
Primero, los más presentes en los productos de la base.
| Ingrediente | Situación reglamentaria |
|---|---|
| SODIUM FLUORIDE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 31 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| ZINC CITRATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 24 : productos : (a) Pastas dentífricas destinadas a usuarios mayores de 1 año (b) Pastas dentífricas destinadas a niños de entre 6 meses y 1 año (c) Colutorios destinados a usuarios mayores de 6 años (d) Otros productos ; concentración máxima : (a) 1 % (de zinc) (b) 0,72 % (de zinc) (c) 0,1 % (de zinc) (d) 1 % (de zinc) |
| SODIUM MONOFLUOROPHOSPHATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 27 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| ZINC SULFATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 24 : productos : (a) Pastas dentífricas destinadas a usuarios mayores de 1 año (b) Pastas dentífricas destinadas a niños de entre 6 meses y 1 año (c) Colutorios destinados a usuarios mayores de 6 años (d) Otros productos ; concentración máxima : (a) 1 % (de zinc) (b) 0,72 % (de zinc) (c) 0,1 % (de zinc) (d) 1 % (de zinc) |
| STANNOUS FLUORIDE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 35 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| CALCIUM GLYCEROPHOSPHATE | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| OLAFLUR | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| CALCIUM FLUORIDE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 30 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| CALCIUM PHOSPHATE | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| SODIUM GLYCEROPHOSPHATE | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| ELETTARIA CARDAMOMUM FRUIT EXTRACT | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| ALUMINUM FLUORIDE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 34 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| AMMONIUM FLUORIDE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 33 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| AMMONIUM FLUOROSILICATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 42 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| AMMONIUM MONOFLUOROPHOSPHATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 26 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| CALCIUM MONOFLUOROPHOSPHATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 29 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| CETYLAMINE HYDROFLUORIDE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 36 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| CHLOROTHYMOL | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| DEQUALINIUM CHLORIDE | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| DOMIPHEN BROMIDE | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| MAGNESIUM FLUORIDE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 56 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| MAGNESIUM FLUOROSILICATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 43 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| OCTADECENYL-AMMONIUM FLUORIDE | Citado como ejemplo en una norma, sin norma específica a su nombre (Anexo III) |
| POTASSIUM FLUORIDE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 32 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| POTASSIUM FLUOROSILICATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 41 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| POTASSIUM GLYCEROPHOSPHATE | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
| POTASSIUM MONOFLUOROPHOSPHATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 28 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| SODIUM FLUOROSILICATE | Permitido con restricciones (Anexo III) Anexo III, n.º 40 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. |
| STANNOUS PYROPHOSPHATE | Sin norma específica en el Reglamento sobre productos cosméticos |
Qué regula la ley
El anexo III puede restringir determinadas sustancias. El anexo III también fija condiciones de etiquetado para alérgenos de fragancias; consulta la entrada concreta del ingrediente.
Reglamento sobre productos cosméticos 1223/2009, artículos 10, 14, 19 y 20.
Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre productos cosméticos, versión consolidada francesa más reciente (anexos), consultado el 23 de octubre de 2026.
Ingredientes sujetos a normas
- SODIUM FLUORIDE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 31 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - ZINC CITRATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 24 : productos : (a) Pastas dentífricas destinadas a usuarios mayores de 1 año (b) Pastas dentífricas destinadas a niños de entre 6 meses y 1 año (c) Colutorios destinados a usuarios mayores de 6 años (d) Otros productos ; concentración máxima : (a) 1 % (de zinc) (b) 0,72 % (de zinc) (c) 0,1 % (de zinc) (d) 1 % (de zinc) - SODIUM MONOFLUOROPHOSPHATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 27 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - ZINC SULFATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 24 : productos : (a) Pastas dentífricas destinadas a usuarios mayores de 1 año (b) Pastas dentífricas destinadas a niños de entre 6 meses y 1 año (c) Colutorios destinados a usuarios mayores de 6 años (d) Otros productos ; concentración máxima : (a) 1 % (de zinc) (b) 0,72 % (de zinc) (c) 0,1 % (de zinc) (d) 1 % (de zinc) - STANNOUS FLUORIDE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 35 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - CALCIUM FLUORIDE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 30 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - ALUMINUM FLUORIDE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 34 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - AMMONIUM FLUORIDE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 33 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - AMMONIUM FLUOROSILICATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 42 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - AMMONIUM MONOFLUOROPHOSPHATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 26 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - CALCIUM MONOFLUOROPHOSPHATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 29 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - CETYLAMINE HYDROFLUORIDE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 36 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - MAGNESIUM FLUORIDE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 56 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - MAGNESIUM FLUOROSILICATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 43 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - POTASSIUM FLUORIDE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 32 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - POTASSIUM FLUOROSILICATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 41 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - POTASSIUM MONOFLUOROPHOSPHATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 28 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %. - SODIUM FLUOROSILICATE : Permitido con restricciones (Anexo III)
Anexo III, n.º 40 : productos : Productos bucales ; concentración máxima : 0,15 % calculado en F. En caso de mezcla con otros compuestos fluorados autorizados por el presente anexo, la concentración máxima de F total será del 0,15 %.
Reconocer la función en una etiqueta
Los ingredientes se enumeran por orden decreciente de peso al incorporarlos; los que están al 1 % o menos pueden seguir en cualquier orden. La posición por sí sola no determina la función ni la dosis.
Preguntas frecuentes
¿Esta función demuestra que un producto es eficaz o seguro?
Una función no es una conclusión de seguridad. El producto acabado requiere una evaluación de seguridad (artículo 10) y el ingrediente debe cumplir sus condiciones aplicables. Las declaraciones requieren pruebas que las respalden (artículo 20).